La Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito en Mendoza realizó en el marco de las actividades por del Día Internacional de la No Violencia contra las Mujeres, la instalación artística “Zapatos Rojos”.
La misma se realizó el viernes 23 de noviembre a las 19 hs en la puerta de la Legislatura de Mendoza.
Durante la celebración del I Encuentro Feminista de Latinoamérica y del Caribe realizado en Bogotá en 1981, se declara el 25 de noviembre como el Día Internacional de la No Violencia Contra las Mujeres. Esta fecha se elije en honor a la lucha y resistencia de las “mariposas Mirabal” durante la dictadura de Rafael Leónidas Trujillo en República Dominicana.
Desde entonces, cada 25 de noviembre se organiza en distintos puntos de América Latina y el Caribe acciones para visibilizar y denunciar esta problemática, a la vez de exigir políticas públicas que aseguren a las mujeres vivir una vida libre de todo tipo de violencia, ya sea física, sexual, psicológica, económica, entre otras.
En este sentido, desde la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito en Mendoza se realizó la intervención artística “Zapatos rojos” el día viernes 23 de noviembre desde las 18.30 horas en la Legislatura Provincial, lugar que fue el punto de concentración de la marcha que distintas organizaciones llevarán a cabo por el microcentro mendocino.
“Zapatos rojos” es una instalación de arte público, obra de la artista visual Elina Chauvet, que se nace en el año 2009 con el fin de concientizar las ausencias de miles de mujeres que son desparecidas, violadas, torturadas y asesinadas cada año en Ciudad Juárez, México. Dado la preocupante situación de violencias hacia las mujeres en todo el mundo, este año la propuesta artística ha trascendido las fronteras y se replicará en distintas localidades de Argentina e Italia.
¡Seguimos en Campaña!
Educaciòn sexual para decidir, Anticonceptios para no abortar, Aborto legal para no morir.
Organizaron: Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito.
Adhieren: Colectiva feminista Las Juanas y las Otras; Colectiva feminista Lesbiana Ultravioletas; La Minga -educación y comunicación popular- ; La Otredad; CLADEM; Mesa Local contra la Trata; Se Vienen las Mendocinas; Elenco de Mujeres "Se dice de Mí"; Mujeres en Acción; MUMALA;Varones Antipatriarcales; ATE ; Agrupación Marrón Maestra Silvia Nuñez; Centro de Estudiantes de UTN; Coordinación de Sociología de Ciencias Políticas (Juv. PTS Pan y Rosas + independientes) - TER (Tend. Est. Rev.); CEPA ; Centro de Estudiantes y Egresados de Escuela de Psicología Social E. Pichón Riviere ; CCC; PCR; PTP ;JCR¬;MIR.
Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito (Argentina)
domingo, 25 de noviembre de 2012
lunes, 12 de noviembre de 2012
Importante acción para que Mendoza adhiera a la Guía Técnica para la Atención Integral de Abortos No Punibles.
Durante la mañana, en el Salón Azul de la Legislatura de Mendoza, más de 65 ciudadanos/as y organizaciones de mujeres, de defensa de los derechos humanos, sindicales, de diversidad sexual, partidarias, entre otras, dieron a conocer en una conferencia de prensa ante periodistas de distintos medios (televisión, radio y periódicos) la carta que se le elevó al Vicegobernador de Mendoza, Carlos Ciurca, para solicitarle una audiencia con la mayor brevedad posible, y con los presidentes de todos los Bloques de la Honorable Cámara de Senadores/as de la Provincia, con el objetivo de abordar el tema de la postergación del tratamiento del proyecto de Adhesión de la Provincia de Mendoza a la Guía Técnica para la Atención Integral de Abortos No Punibles.
En la mesa, se leyó un documento donde las organizaciones adherentes justifican el pedido de audiencia para el pronto tratamiento del proyecto. La mesa estuvo conformada por Azucena Reyes (Vicedecana FCPyS UNCuyo) Elsa Pizzi (CLADEM – Foro de Mujeres del Mercosur) Virtudes Della Santa (Frente Apoyo Madres de Plaza de Mayo) Leandro Ferrón (Varones Antipatriarcales de Mendoza) Patricia Ríos (Agrupación 15 de Julio) Guillermo Martínez Agüero (Médico del ATE) Claudia Anzorena (Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito) Raquel Blas (Secretaria General ATE Mendoza) Susana Tampieri (Sociedad Humanista-Ética Argentina Deodoro Roca) Mariana Hellin (Asociación de Abodos/as por los Derechos Humanos de las Mujeres) Nora Llaver (Colectiva feminista Las Juanas y las Otras)
La declaración que fue adjuntada al pedido de audiencia decía: “Cada día que se pospone el tratamiento de la Adhesión de la Provincia de Mendoza a la Guía Técnica para la Atención Integral de Abortos No Punibles se está obstaculizando el acceso de las mujeres a los derechos humanos consagrados en la legislación argentina. Es decir, cada día que pasa sin que los servicios de atención de la salud cuenten con una guía con pautas que permitan realizar abortos en los supuestos contemplados como no punibles en el Artículo Nº 86, Inciso 1 y 2 del Código Penal, se está vulnerando la Ley. Es por esto que nos urge solicitar una audiencia con la mayor brevedad posible.
El aborto no punible es ley en Argentina desde 1921. El Poder Legislativo de Mendoza sólo está reglamentando su práctica. La necesidad de protocolizar en este caso viene de una serie de obstáculos que se verifican en la práctica, tanto del Sistema Judicial como en el Sistema de Salud, respecto del acceso de las mujeres a la justicia. Se requiere superar estos obstáculos y no sumar los legislativos para el acceso a los abortos permitidos por nuestra legislación. La superación de estos obstáculos con premura exige el debate en torno a la adhesión a la Guía Técnica para la Atención Integral de ANP.
La Legislatura Provincial no puede regular sobre legislación de fondo. Exigir denuncia en casos de violación o consignar un tope temporal para la efectiva práctica de los abortos no punibles implica desconocer la legislación penal y constitucional que amparan el ANP. Esto además se traduce en un ataque a uno de los nervios medulares de los sistemas democráticos: la Constitución Nacional. Confundir a la ciudadanía en este punto es de una profunda irresponsabilidad política y jurídica que atenta contra el orden democrático al plantear un debate inconstitucional.
Obstaculizar el acceso al ANP afecta con mayor profundidad y crudeza a algunas mujeres y niñas de acuerdo al género, a la clase social, a la edad, a la procedencia étnica. Concretamente a las mujeres y niñas pertenecientes a sectores populares, las pobres, las que acceden a la salud en el subsistema público y las que ven disminuidas sus posibilidades de acceso a la justicia. La suma de todas estas violencias tiene nombre y apellido en nuestro país: Ana María Acevedo. Una joven santafesina de 19 años que en mayo de 2006 le diagnosticaron un cáncer en la mandíbula. Tenía tres hijos y era muy pobre. Poco después se supo que estaba embarazada y solicitó un aborto para poder realizarse el tratamiento oncológico. Los médicos del Hospital Iturraspe se rehusaron a practicar la interrupción del embarazo y también a iniciarle el tratamiento que requería su cuadro, para preservar la vida del feto. El último tiempo de vida de Ana María fue una tortura por los fuertes dolores y para su familia una peregrinación para que alguien haga algo para salvarla o al menos aliviarla. El 26 de abril de 2007 se le realizó una cesárea porque se encontraba en estado premortem. Nació una beba de 22 semanas de gestación que sobrevivió unas horas. Después de un rápido deterioro de salud, Ana María falleció el 17 de mayo de 2007. Por primera vez en el país, se procesó a los médicos involucrados por los delitos de lesiones culposas e incumplimiento de los deberes de funcionario público, sentando el precedente de que no practicar un aborto legal constituye un delito. Por tanto remover los obstáculos a los abortos no punibles es una cuestión de justicia social y un mandato constitucional como indica el Art. 86 inc. 1 del Código Penal Argentino.
Además en abril de 2011 el Estado argentino recibió una condena internacional del Comité de Derechos Humanos de la ONU por no haber garantizado el acceso al aborto legal a una adolescente con discapacidad mental, embarazada en una violación, que solicitó la práctica en un hospital público bonaerense. El organismo consideró que la obstrucción del aborto permitido por el Código Penal constituyó una violación de los derechos humanos de la joven y ordenó al país a proporcionarle “medidas de reparación que incluyan una indemnización adecuada” y a “tomar medidas para evitar que se cometan violaciones similares en el futuro”. El CDH le dio al país 180 días para cumplir con el dictamen. (CDH-ONU, Dictamen, Comunicación No 1608/2007).
En este sentido, en caso de desconocimiento de las obligaciones de la Legislatura como cuerpo, y de consagración de violaciones de Derechos Humanos de las mujeres, el camino constitucional para conseguir reparación y garantías de no repetibilidad es la exigencia de responsabilidades institucionales en tanto son funcionarios/as públicos. La Adhesión a la Guía Nacional sobre ANP de manera íntegra y sin limitaciones, para casos de peligro de la salud y la vida de la mujer gestando o cuando el embarazo en producto de la violación de cualquier mujer independiente de sus capacidad mentales, es una obligación del Estado Provincial.
Cumplir la ley no es una opción, es una obligación tanto de los/as funcionarios/as como de la ciudadanía”. En este sentido quedamos a la espera de una pronta respuesta del Vicegobernador.
Adhieren: Mujeres Pobladoras de la FEC, Colectiva feminista Las Juanas y las Otras, CLADEM, Fundación Ecuménica de Cuyo, Colectiva feminista Ultravioletas, La Otredad, Varones Antipatriarcales, Sociedad Humanista-Ética Argentina Deodoro Roca, La Minga, Se Vienen las Mendocinas, Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito, MUMALA: Mujeres de la Matria Latinoamericana, Casa por la Memoria y la Cultura Popular, Mujeres Cotidianas, Grupo Acids, Acción Ciudadana para la Integración de la Diversidad Sexual, Comité editorial Revista “… y aparte”, Agrupación 15 de Julio, OMIN, Mendocinxs por la igualdad, Colectivo Artístico ABERROSEXUALES, Colectivo "La Hidra de Mil Cabezas", Corriente Nacional de la Militancia Mendoza, Movimiento de Mujeres en Acción, Raquel Blas (secretaria general de ATE Mendoza), Consejo Directivo provincial ATE, Secretaria de Género de la CTA, Pan y Rosas, Mujeres en Movimiento, Familiares de Detenid@s Desaparecid@s, Xumek, Asociación de Ex presas y Ex-presos Políticos – Mendoza, Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos – MEDH, Asamblea Permanente por los Derechos Humanos -APDH- San Rafael, Asociación civil "De Bulla y Barro", Asociación Civil 20 de septiembre, Alianza de Abordxs por los Derechos Humanos de las Mujeres, Franja Morada Mendoza, Frente Apoyo Madres de Plaza de Mayo, Red PAR periodismo de género, Azucena Reyes Vicedecana de la FCPyS UNCuyo, Guilleron Martines Agüero ATE.
En la mesa, se leyó un documento donde las organizaciones adherentes justifican el pedido de audiencia para el pronto tratamiento del proyecto. La mesa estuvo conformada por Azucena Reyes (Vicedecana FCPyS UNCuyo) Elsa Pizzi (CLADEM – Foro de Mujeres del Mercosur) Virtudes Della Santa (Frente Apoyo Madres de Plaza de Mayo) Leandro Ferrón (Varones Antipatriarcales de Mendoza) Patricia Ríos (Agrupación 15 de Julio) Guillermo Martínez Agüero (Médico del ATE) Claudia Anzorena (Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito) Raquel Blas (Secretaria General ATE Mendoza) Susana Tampieri (Sociedad Humanista-Ética Argentina Deodoro Roca) Mariana Hellin (Asociación de Abodos/as por los Derechos Humanos de las Mujeres) Nora Llaver (Colectiva feminista Las Juanas y las Otras)
La declaración que fue adjuntada al pedido de audiencia decía: “Cada día que se pospone el tratamiento de la Adhesión de la Provincia de Mendoza a la Guía Técnica para la Atención Integral de Abortos No Punibles se está obstaculizando el acceso de las mujeres a los derechos humanos consagrados en la legislación argentina. Es decir, cada día que pasa sin que los servicios de atención de la salud cuenten con una guía con pautas que permitan realizar abortos en los supuestos contemplados como no punibles en el Artículo Nº 86, Inciso 1 y 2 del Código Penal, se está vulnerando la Ley. Es por esto que nos urge solicitar una audiencia con la mayor brevedad posible.
El aborto no punible es ley en Argentina desde 1921. El Poder Legislativo de Mendoza sólo está reglamentando su práctica. La necesidad de protocolizar en este caso viene de una serie de obstáculos que se verifican en la práctica, tanto del Sistema Judicial como en el Sistema de Salud, respecto del acceso de las mujeres a la justicia. Se requiere superar estos obstáculos y no sumar los legislativos para el acceso a los abortos permitidos por nuestra legislación. La superación de estos obstáculos con premura exige el debate en torno a la adhesión a la Guía Técnica para la Atención Integral de ANP.
La Legislatura Provincial no puede regular sobre legislación de fondo. Exigir denuncia en casos de violación o consignar un tope temporal para la efectiva práctica de los abortos no punibles implica desconocer la legislación penal y constitucional que amparan el ANP. Esto además se traduce en un ataque a uno de los nervios medulares de los sistemas democráticos: la Constitución Nacional. Confundir a la ciudadanía en este punto es de una profunda irresponsabilidad política y jurídica que atenta contra el orden democrático al plantear un debate inconstitucional.
Obstaculizar el acceso al ANP afecta con mayor profundidad y crudeza a algunas mujeres y niñas de acuerdo al género, a la clase social, a la edad, a la procedencia étnica. Concretamente a las mujeres y niñas pertenecientes a sectores populares, las pobres, las que acceden a la salud en el subsistema público y las que ven disminuidas sus posibilidades de acceso a la justicia. La suma de todas estas violencias tiene nombre y apellido en nuestro país: Ana María Acevedo. Una joven santafesina de 19 años que en mayo de 2006 le diagnosticaron un cáncer en la mandíbula. Tenía tres hijos y era muy pobre. Poco después se supo que estaba embarazada y solicitó un aborto para poder realizarse el tratamiento oncológico. Los médicos del Hospital Iturraspe se rehusaron a practicar la interrupción del embarazo y también a iniciarle el tratamiento que requería su cuadro, para preservar la vida del feto. El último tiempo de vida de Ana María fue una tortura por los fuertes dolores y para su familia una peregrinación para que alguien haga algo para salvarla o al menos aliviarla. El 26 de abril de 2007 se le realizó una cesárea porque se encontraba en estado premortem. Nació una beba de 22 semanas de gestación que sobrevivió unas horas. Después de un rápido deterioro de salud, Ana María falleció el 17 de mayo de 2007. Por primera vez en el país, se procesó a los médicos involucrados por los delitos de lesiones culposas e incumplimiento de los deberes de funcionario público, sentando el precedente de que no practicar un aborto legal constituye un delito. Por tanto remover los obstáculos a los abortos no punibles es una cuestión de justicia social y un mandato constitucional como indica el Art. 86 inc. 1 del Código Penal Argentino.
Además en abril de 2011 el Estado argentino recibió una condena internacional del Comité de Derechos Humanos de la ONU por no haber garantizado el acceso al aborto legal a una adolescente con discapacidad mental, embarazada en una violación, que solicitó la práctica en un hospital público bonaerense. El organismo consideró que la obstrucción del aborto permitido por el Código Penal constituyó una violación de los derechos humanos de la joven y ordenó al país a proporcionarle “medidas de reparación que incluyan una indemnización adecuada” y a “tomar medidas para evitar que se cometan violaciones similares en el futuro”. El CDH le dio al país 180 días para cumplir con el dictamen. (CDH-ONU, Dictamen, Comunicación No 1608/2007).
En este sentido, en caso de desconocimiento de las obligaciones de la Legislatura como cuerpo, y de consagración de violaciones de Derechos Humanos de las mujeres, el camino constitucional para conseguir reparación y garantías de no repetibilidad es la exigencia de responsabilidades institucionales en tanto son funcionarios/as públicos. La Adhesión a la Guía Nacional sobre ANP de manera íntegra y sin limitaciones, para casos de peligro de la salud y la vida de la mujer gestando o cuando el embarazo en producto de la violación de cualquier mujer independiente de sus capacidad mentales, es una obligación del Estado Provincial.
Cumplir la ley no es una opción, es una obligación tanto de los/as funcionarios/as como de la ciudadanía”. En este sentido quedamos a la espera de una pronta respuesta del Vicegobernador.
Adhieren: Mujeres Pobladoras de la FEC, Colectiva feminista Las Juanas y las Otras, CLADEM, Fundación Ecuménica de Cuyo, Colectiva feminista Ultravioletas, La Otredad, Varones Antipatriarcales, Sociedad Humanista-Ética Argentina Deodoro Roca, La Minga, Se Vienen las Mendocinas, Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito, MUMALA: Mujeres de la Matria Latinoamericana, Casa por la Memoria y la Cultura Popular, Mujeres Cotidianas, Grupo Acids, Acción Ciudadana para la Integración de la Diversidad Sexual, Comité editorial Revista “… y aparte”, Agrupación 15 de Julio, OMIN, Mendocinxs por la igualdad, Colectivo Artístico ABERROSEXUALES, Colectivo "La Hidra de Mil Cabezas", Corriente Nacional de la Militancia Mendoza, Movimiento de Mujeres en Acción, Raquel Blas (secretaria general de ATE Mendoza), Consejo Directivo provincial ATE, Secretaria de Género de la CTA, Pan y Rosas, Mujeres en Movimiento, Familiares de Detenid@s Desaparecid@s, Xumek, Asociación de Ex presas y Ex-presos Políticos – Mendoza, Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos – MEDH, Asamblea Permanente por los Derechos Humanos -APDH- San Rafael, Asociación civil "De Bulla y Barro", Asociación Civil 20 de septiembre, Alianza de Abordxs por los Derechos Humanos de las Mujeres, Franja Morada Mendoza, Frente Apoyo Madres de Plaza de Mayo, Red PAR periodismo de género, Azucena Reyes Vicedecana de la FCPyS UNCuyo, Guilleron Martines Agüero ATE.
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