***Educación sexual para decidir. Anticonceptivos para no abortar. Aborto legal para no morir***
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sábado, 24 de marzo de 2012

Declaración: Obstaculizar la interrupción de un embarazo producto de una violación es ilegal

Desde la Campaña Nacional por el derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito en Mendoza repudiamos los dichos del gobernador de la provincia, Francisco Pérez y del Ministro de Salud Díaz Russo, difundidos en los medios de comunicación con respecto al alcance del fallo dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina, “F., A. L. s/ Medida autosatisfactiva” del día 13 de marzo de 2012. 

Las afirmaciones del gobernador y del ministro implican un desconocimiento del orden político y jurídico vigente: los gobernadores de los estados provinciales no pueden elegir si obedecen o no lo establecido por las leyes de nuestro país. Tampoco la interpretación de las leyes y su alcance es potestad concedida al Poder Ejecutivo, o sea a gobernadores/as, sino que es ámbito constitucionalmente atribuido a jueces y juezas y en última instancia, como ha sucedido en el caso referido, a la Corte Suprema de Justicia. Las y los gobernadores están obligados a cumplir con ello en su carácter de funcionarios públicos de un país republicano en el cual están establecidas las funciones asignadas a cada uno de los poderes –judicial, ejecutivo y legislativo -y los alcances del federalismo. 

Cabe puntualizar entonces que la Corte no instauró el derecho al aborto no punible en caso de un embarazo producto de una violación, sino que confirmó/ratificó que la interrupción de un embarazo en caso de peligro de la salud o de la vida de la mujer gestante y en caso de ser producto de una violación, es un derecho reconocido en nuestro ordenamiento jurídico desde el año 1921/1922. El Supremo Tribunal determinó la aplicabilidad directa del art. 86 del Código Penal argentino, sin ningún tipo de injerencias arbitrarias, demoras o cuestionamientos, armonizándola con los instrumentos de Derechos Humanos suscriptos por nuestro país y que tienen jerarquía constitucional.
En pocas palabras: demorar una interrupción legal de un embarazo es DELITO. La denegación, por parte de los profesionales de la salud o cualquier funcionario público, constituye un acto ilícito que acarrea responsabilidades tanto del Estado como de los particulares que insistan en sostener una interpretación que vulnera los Derechos Humanos de las mujeres reconocidos. 

En nuestro ordenamiento político la Corte Suprema de Justicia es la máxima autoridad, en cuanto a la función de establecer las interpretaciones de la ley que son acordes con la Constitución Nacional y los pactos internacionales suscriptos por nuestro país. La corte se expidió en el sentido por todas y todos conocido: el embarazo forzado en los casos previstos por el artículo 86 del Código Penal conlleva tratos crueles y viola los derechos humanos de las mujeres. Las afirmaciones de muchos gobernadores y funcionarios públicos, lamentablemente, dan muestra de una seria confusión en cuanto a los alcances de sus funciones y deberes. Argentina es un país republicano, no una feligresía, y debe atender a la Ley y no a cultos religiosos particulares. 

Exigimos el respeto, por parte del Estado de nuestros derechos ya consagrados como ciudadanos y ciudadanas. 

Educación sexual para decidir, anticonceptivos para no abortar, aborto legal para no morir 

Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito
Mendoza, 23 de marzo de 2012
http://abortolegal-mendoza.blogspot.com.ar/

jueves, 11 de agosto de 2011

NEGAR EL ABORTO NO PUNIBLE ES UN DELITO

La CAMPAÑA NACIONAL POR EL DERECHO AL ABORTO LEGAL, SEGURO Y GRATUITO exige el cumplimiento del Aborto No Punible solicitado por la niña víctima de una violación y por su familia en la ciudad de Posadas, Misiones
Adherimos a todas las manifestaciones de reclamo que se vienen produciendo a lo largo y ancho del país, para que la niña, embarazada a consecuencia de una violación por parte de su tío materno, acceda de manera inmediata, segura, confidencial y respetuosa a su derecho a la interrupción de dicho embarazo en el sistema público de salud, tal como lo solicitó ella con el apoyo de su familia.
La circunstancia de que en el Código Penal el aborto sea un delito contribuye a que no se realicen los abortos en los casos permitidos como el de la niña violada, porque permite que se genere una trama de incumplimientos, discusión de interpretaciones, dilaciones indebidas entre el sistema de salud y de justicia, que se reiteran asiduamente en todo nuestro país, vulnerando derechos claramente consagrados por nuestra legislación. Esta legislación requiere del Ministerio de Salud un instrumento que protocolice su práctica para detener la evasión de responsabilidades de los efectores públicos, sometidos a presiones políticas que los conducen al delito de incumplimiento de su función pública.
Claramente lo ha expresado el Comité de DDHH de la ONU al señalar su preocupación de que “la criminalización del aborto disuade a los médicos de realizar la práctica cuando es legal”, por lo que el cambio de la legislación es necesario y urgente.
Ratificamos nuestra voluntad de seguir trabajando para que ningún caso de Aborto No Punible (ANP) sea desatendido, dilatado, obstaculizado o negado impunemente, a la vez que bregamos por la despenalización y legalización del aborto para que todas las mujeres puedan ejercer el derecho a decidir la interrupción del embarazo durante las primeras doce primeras semanas del proceso gestacional.
Denunciamos que se utilizan datos falsos sobre la edad gestacional del embarazo y sobre los riesgos del aborto realizado por profesionales idóneos y en cumplimiento de los requisitos técnicos y las disposiciones legales, con el objetivo de disuadir a la familia que intenta proteger a su hija de los efectos destructivos del ataque padecido.
La continuidad del embarazo prolonga y avala la voluntad omnipotente del violador de imponer el embarazo como castigo. Es pura complicidad en ignorar a la niña como sujeto de derechos y de respeto.
Llamamos:
- Al Sistema de Salud de la provincia de Misiones y al Sistema de Salud Nacional responsables de la protección de su salud y sus derechos a dar respuesta inmediata y efectiva al reclamo de esta joven, revelando la falsedad de los argumentos esgrimidos para disuadir a la niña y su familia.
- A los/las legisladores/as nacionales a dar prioridad al tratamiento del proyecto de ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo hasta las 12 semanas de gestación presentado por la Campaña.
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